Continuación de los Servicios Públicos
Lunes, 15 Septiembre 
Cuando el propietario de una vivienda múltiple caiga en el incumplimiento del pago de las facturas de servicios públicos, la compañía de servicios públicos debe dar un aviso por escrito y por adelantado a los inquilinos y a ciertas agencias del gobierno de su intención de descontinuar el servicio. El servicio no se podrá descontinuar si los inquilinos pagan la factura del propietario directamente a la compañía de servicios públicos. Los inquilinos pueden deducir estos pagos de los pagos futuros de los alquileres. La Comisión de Servicios Públicos puede asistir a los inquilinos en los problemas vinculados a ello.
Si el propietario de una vivienda múltiple incumple en pagar la factura de servicios públicos y el servicio es descontinuado, los inquilinos pueden recibir del dueño una indemnización por daños y perjuicios. (Ley de Propiedades Inmuebles §235-a; Ley de Servicios Públicos §33).
