Retención de la Renta

Lunes, 18 Agosto   

Pasos y requerimientos
Ante alguna de las citadas circunstancias debes proceder de la siguiente manera y bajo las siguientes condiciones:
* La propiedad debe estar seriamente dañada y su desperfecto debe estar directamente relacionado con tu salud y tu seguridad.
* Los daños a reparar no deben haber sido causados por ti, tus familiares, invitados o mascotas.
* Deberás informar por carta certificada al propietario sobre las necesidades de reparación.
* Deberás dar al propietario un tiempo razonable para la reparación de los desperfectos. El tiempo puede variar entre uno y treinta días, dependiendo de la naturaleza del desperfecto.
* Si el propietario no realiza las reparaciones en un tiempo razonable, podrás retener parte o el total de la renta hasta que los arreglos se lleven a cabo. La ley no tiene estipulado un monto exacto para las retenciones. Generalmente se retiene un 25 por ciento del total de la cuota, o se reajusta el valor de la renta en función del desperfecto y su costo de reparación.
* Deberás retener el dinero de la renta y no gastarlo. Es recomendable que lo deposites en una cuenta especial como evidencia de tu intención de no evadir tus responsabilidades e informes al propietario acerca de esta cuenta.